Los orígenes del Observatorio de la Violencia Obstétrica en el Estado Español

El marco jurídico como cambio de paradigma

En España, las prácticas que definimos como constitutivas de violencia obstétrica se encuentran prohibidas, en cuanto suponen la vulneración de derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Española. Estas tienen a que ver con la integridad física y moral (artículo 15), la libertad personal (artículo 17) y la intimidad (artículo 18).

A nivel autonómico, el pasado 24 de diciembre Catalunya promulga el texto consolidado de la Ley 5/2008 del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, tras la modificación de esta última por la Ley catalana 17/2020 de 22 de diciembre, que subraya que tal violencia puede practicarse de manera puntual o reiterada. Esta ley, innovadora por diferentes aspectos, reconoce ocho formas para ejercer violencia y, concretamente, una de estas constituye la violencia obstétrica y vulneración de derechos sexuales y reproductivos (Art.4 sección d.).[1] Cabe destacar que esta ley es la primera en Europa en reconocer la existencia de la violencia obstétrica como violencia de género, generando una reflexión inclusiva no solo por los sujetos contemplados (además de las mujeres, las niñas y mujeres trans), sino también por los escenarios en la violencia de género: familiar, pareja, institucional, laboral, digital, social o comunitario, político y esfera publica, educativa y cualquier otro ámbito que lesionan la dignidad, integridad y la libertad. Evidentemente, esta ley se coloca dentro de un deseo de cambio de paradigma político empujado por las acciones de las activistas que se concreta, antaño, con Dubravka Šimonović, de la Asemblea General de NU, a partir del texto: ““Enfoque basado en los derechos humanos del maltrato y la violencia contra la mujer en los servicios de salud reproductiva, con especial hincapié en la atención del parto y la violencia obstétrica”(NU, Abril, 2019) y, sucesivamente, con la condena al Estado español del Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) por no actuar de manera diligente para proteger los derechos de S.M.F y su hija a una atención obstétrica de calidad y libre de violencia. Cabe destacar que, por primera vez, un tribunal internacional condena a un Estado por los malos tratos recibidos por una embarazada y su recién nacida, catalogándolo como una forma de violencia de género. Además, estas tres cuestiones mencionadas se tienen que observar en correlación con los reconocimientos jurídicos procedentes de Venezuela[2], Argentina y México, destacando una vez más el intenso y constante trabajo de las activistas e investigadoras de Sur y Centro América. Así que este marco jurídico con el cual empezamos a describir las orígenes del Observatorio es una manera de evidenciar el cambio sociocultural que las mujeres hemos conseguido en estos siete años de actividad.


[1] “(…) consiste en impedir o dificultar el acceso a una información veraz, necesaria para la toma de decisiones autónomas e informadas. Puede afectar a los diferentes ámbitos de la salud física y mental, incluyendo la salud sexual y reproductiva, y puede impedir o dificultar a las mujeres tomar decisiones sobre sus prácticas y preferencias sexuales, y sobre su reproducción y las condiciones en que se lleva a cabo, de acuerdo con los supuestos incluidos en la legislación sectorial aplicable. Incluye la esterilización forzada, el embarazo forzado, el impedimento de aborto en los supuestos legalmente establecidos y la dificultad para acceder a los métodos anticonceptivos, a los métodos de prevención de infecciones de transmisión sexual y del VIH, y a los métodos de reproducción asistida, así como las prácticas ginecológicas y obstétricas que no respeten las decisiones, el cuerpo, la salud y los procesos emocionales de la mujer”.

[2] Artículo 51 de la Ley orgánica venezolana sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia de 19 de marzo de 2007.

Del negacionismo sanitario, académico y mediático al diálogo.

Nosotras empezamos en el 2014, el 25 de noviembre, debido a la invisibilización del fenómeno de la violencia obstétrica en el Estado Español. La idea fue presentada por Ibone Olza a la Junta de El Parto es Nuestro (EPEN): lanzar el Observatorio de Violencia Obstétrica (OVO) como actividad del 25N de aquel año.

Tras la redacción del documento marco y una labor organizativa de un año para establecer los objetivos y las propuestas del Observatorio, el OVO se presentaba como un organismo multidisciplinar con la finalidad de denunciar públicamente la incidencia de las prácticas que constituyen la violencia obstétrica (VO). Es decir, el esfuerzo se concentraba en demostrar la existencia de la violencia obstétrica. Por esto, se realizó la primera encuesta online del país sobre VO. Desde el 25.11.2015 hasta 30.9.2016 recogimos los datos de las mujeres que habían parido en España entre 2008 y 2016. La encuesta incidía en los siguientes aspectos: 1) Trato recibido; 2) Información y consentimiento; 3) Dilatación; 4) Recién nacido; 5) Posparto. Contestaron 1815 mujeres, la gran mayoría habían parido en el hospital, eran españolas, tenían una pareja heterosexual, tenían estudios universitarios y eran activas laboralmente. A pesar del muestreo sesgado por determinantes socio-económico y étnicos, las mujeres evidenciaron haber padecido violencia obstetrica en sus partos y expresaron, además, la necesidad de recibir atención perinatal tras el parto traumático. Así que, en el primer año de vida del Observatorio, se pensó en organizar una plataforma desde la que recoger aquellas historias que reflejan la VO, con la finalidad de estudiarlas y de elaborar un informe anual sobre la prevalencia de las prácticas que son consideradas violencia obstétrica. La idea era remitir dicho informe a cualquier organismo e institución que trabaje por la defensa de nuestros derechos y libertades, así como a los medios de comunicación.

En el momento de su creación dentro de EPEN, el Observatorio estaba constituido por profesionales con años de experiencia tratando el tema de VO desde campos de saberes distintos: Francisca Fernández Guillén, abogada feminista especializada en salud de la mujer; Ibone Olza Fernández, psiquiatra infanto-juvenil y perinatal; Charo Quintana, ginecóloga del Servicio Cántabro de Salud; Jesusa Ricoy, matriactivista y Antenatal Teacher en el National Childbirth Trust, Lola Ruiz Berdún, matrona y profesora en la Universidad de Alcalá de Henares y Susana Ferreiro Mediante, jurista especializada en género, como coordinadora. En los años se han ido incorporando nuevas miembras con perfiles aún más variados y otras han dejado el Observatorio para erradicar la VO desde otros frentes.

De todos modos, las funciones de la primera época de OVO consistían en 1) Servir de canal de comunicación entre instituciones sanitarias, colectivos profesionales y asociaciones de usuarias y promover la colaboración entre estos tres sectores para lograr la erradicación de la violencia obstétrica; 2) Actuar como órgano de recogida, análisis y difusión de información relativa a la violencia obstétrica, al tiempo que como órgano evaluador de las medidas adoptadas para erradicarla; 3) Formular recomendaciones a las instituciones sanitarias, siempre respaldadas tanto por la evidencia científica como por la legislación sobre derechos humanos; 4)  Elaborar un informe anual sobre la incidencia de la violencia obstétrica en España y sobre las prácticas que habitualmente la constituyen, previa recogida de testimonios de las usuarias; 5) Mantener relaciones con instituciones internacionales similares; 6) Realizar cuantas actuaciones sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines.

En el 2017 se aprecian los  primeros conflictos con EPEN. Susana, hasta entonces la coordinadora del OVO, decide de darse de baja de la asociación, con gran dolor por parte de las otras miembras. Ha seguido un periodo oscuro, caracterizado por las incomprensiones y algunas censuras, posiciones distantes sobre los pilares y los fundamentos axiológicos y epistemiológicos del OVO, que acabaron en el 2018, cuando la junta del EPEN decide autónomamente expulsar a todas las miembras del Observatorio y, por ende, decidimos crear una asociación independiente. Así que el 12.11.2019 nace el Observatorio de la Violencia Obstétrica.

OVO es una entidad feminista, no lucrativa, con capacidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de los siguientes fines en el ámbito de la salud sexual y reproductiva: 1) la investigación y la docencia, encaminadas a la mejora de la calidad de los servicios asistenciales; 2) la promoción del respeto a la legislación que protege los derechos de las pacientes y usuarias; 3) la erradicación de toda forma de discriminación, intimidación, violencia o explotación del cuerpo y de la salud de las mujeres 4) la facilitación del acceso de las mujeres a la anticoncepción, al aborto y a unos servicios de atención materno-infantil de calidad y respetuosos; 5) El apoyo a las mujeres que han sufrido violencia en el ámbito de su salud sexual o reproductiva, así́ como al personal investigador y docente y al público interesado en nuestros objetivos; 6) Pero ante todo somos un grupo heterogéneo de mujeres que creemos que el fin de la violencia obstétrica, sexual y reproductiva es posible.

Es decir, esta segunda fase del OVO está caracterizada por una forma feminista de trabajar, de entender las maternidades, por un diálogo abierto y constante con la sociedad. Las necesidades actuales ya no están tan vinculadas con el reconocimiento de la violencia obstétrica, sino con la difusión, la formación y el diálogo con agentes políticos y representantes sanitarios. Ocupamos un espacio reconocido como expertas y como consultoras, llevamos a cabo investigaciones de impacto y seguimos intercambiando y co-construyendo con las mujeres.

Serena Brigidi

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