EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AVALA LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS A LAS MUJERES EMBARAZADAS

Al contrario que la Ley Básica Reguladora de la autonomía del paciente que no distingue entre sexos a la hora de establecer los derechos que nos asisten a todos los españoles en la asistencia médica, el Tribunal Constitucional ha respaldado con su decisión de 2 de junio de 2022 (ver nota de prensa adjunta) que se puede privar a una mujer de su libertad si un médico lo considera necesario.

 

El “caso de Oviedo”, como se le conoce en los medios, nace a raíz de la decisión de la jueza Iglesias López del Juzgado de Instrucción nº1 de Oviedo, de ordenar el traslado forzoso de una mujer parturienta al HUCA a instancias de una solicitud del Jefe de ginecología del citado centro y, lo más grave, sin oír a la mujer en ningún momento. 

Se trataba de un embarazo sano de 42 semanas y 3 días. El control rutinario (monitores) al que se sometió la mujer mostró que todo estaba correcto. Sin embargo, desde el Hospital le aconsejaron que ingresara para inducir el parto. Tras pensarlo, la mujer decidió regresar a su casa. 

El Hospital activó entonces un mecanismo por el que remitió al juzgado un informe médico informando de que la vida del bebé corría peligro.

 

Cuando la policía llegó a buscarla, el parto ya había empezado, por lo que la urgencia, y la motivación del traslado, habían desaparecido, pero no por ello dejó de ejecutarse la orden de la jueza y la mujer fue privada de su libertad y trasladada al hospital. Habiendo desaparecido ya la supuesta urgencia de inducir el parto se intervino en un proceso fisiológico normal para controlarlo. Como resultado del estrés al que se vio sometida la parturienta, el trabajo de parto se paró y se hizo necesaria una cesárea.

 

Esta sentencia supone un serio retroceso en los derechos de las mujeres a la integridad física y moral, es discriminatoria y contraviene los dispuesto en la Ley Básica Reguladora de la autonomía del paciente y derechos y deberes en materia de información y documentación clínica, así como a los tratados internacionales sobre derechos humanos y derechos de los pacientes y Convención para la eliminación de la discriminación contra la mujer. Hacemos nuestras las reflexiones de uno de los votos particulares: 

“Lo ordenado por el Juzgado de guardia en el auto recurrido fue una privación de libertad llevada a cabo sin respetar las exigencias mínimas establecidas por este Tribunal y por el TEDH para garantizar la adecuada protección de los derechos fundamentales de cualquier ciudadano o ciudadana. De manera destacada, la decisión de traslado e internamiento forzoso de la demandante de amparo, que en ese momento se encontraba en avanzado estado de gestación, se adoptó sin que la misma fuese escuchada en momento alguno. Esta falta total de audiencia no puede excusarse por las circunstancias de urgencia concurrentes, dado que existen mecanismos legales suficientes para posibilitar dicha audiencia aún en supuestos de extraordinaria urgencia y que podrían haberse seguido en el caso sujeto a examen. Su omisión total constituye una quiebra de las garantías constitucionales esenciales que resulta insalvable en el presente caso. Cualquier limitación de derechos fundamentales de una persona, especialmente de derechos que entroncan directamente con la dignidad humana como la libertad personal o la intimidad, exige la observancia de unas garantías mínimas insoslayables, que configuran el ámbito esencial de la protección de los ciudadanos y ciudadanas frente a intromisiones graves de los poderes públicos. El incumplimiento absoluto de estas garantías mínimas en el caso resuelto por la ponencia principal no solo es reveladora de una ausencia total de perspectiva de género sino que supone una quiebra de los derechos de la demandante a la libertad personal, a la intimidad personal y a la tutela judicial efectiva.”


Recurriremos al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y en su caso a los órganos de tratados internacionales suscritos por España. Estamos hartas de la constante desautorización de las madres por los médicos y los jueces

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

16 + 11 =

Ir arriba